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Flagpole Guides

Astas y banderas en México

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La Bandera Nacional de México en un asta frente a la bahía de Acapulco
Foto: Vallezatri, BanderaAca / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0, recortada

En México, la Bandera Nacional ondea todos los días en palacios municipales, escuelas, hospitales, aduanas, aeropuertos y plazas públicas, y cada lunes las escuelas le rinden honores al inicio de las labores. Las banderas monumentales, en astas de al menos 50 metros, se ven desde lejos en ciudades como Monterrey, Tijuana, Ciudad Juárez o la Ciudad de México. En septiembre, el mes patrio, la bandera aparece en balcones, autos y comercios. A diferencia de muchos países, México tiene una lista legal de fechas en las que la bandera se iza a toda asta o a media asta, y una ley propia que regula su uso, sus honores y su comercio. Esta página reúne las normas y los usos relativos a banderas y astas en México, a partir de los textos legales y de las autoridades competentes.

Lo esencial

  • Fechas a toda y media asta: el artículo 18 de la ley fija 51 fechas a toda asta, además del cierre de los periodos de sesiones del Congreso, y 32 a media asta. La guía de las fechas de la bandera las recoge con el día de la semana.
  • Uso por particulares: según el artículo 32, cualquier persona puede exhibir la bandera en su casa, su trabajo o su vehículo, con el respeto debido y en cualquier tamaño, pero no usarla para promover su imagen, bienes o servicios. La guía de normas de la bandera trata estos puntos.
  • Media asta y duelo: además de las fechas de la ley, el Presidente puede declarar duelo nacional por decreto. Más información en las guías sobre la bandera a media asta y el duelo nacional.
  • Honores: el 24 de febrero, el 15 y 16 de septiembre y el 20 de noviembre, los honores a la bandera son obligatorios en los inmuebles de las autoridades. La guía del protocolo de la bandera describe el saludo civil y el abanderamiento.
  • Medidas: la ley fija la proporción de 4 a 7 y el tamaño del escudo, pero no una medida por altura del asta. La calculadora de bandera muestra las medidas estándar de un fabricante mexicano.
  • Precio: qué determina el precio de un asta y de una bandera figura en las guías sobre el precio de un asta bandera y el precio de una bandera.
  • Instalación: un asta fija es una obra que regula cada municipio. Más información en la guía sobre instalar un asta bandera.

Leyes y autoridades

La Bandera Nacional en un asta frente a las torres de la Catedral de Aguascalientes
Catedral de Aguascalientes. Foto: Luisalvaz, Catedral de Aguascalientes y bandera de México 02 / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0, recortada

La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 1984 y en vigor desde el 24 de febrero de ese año, regula las características de los símbolos patrios, el uso del escudo y de la bandera, los honores y la ejecución del himno. Su última reforma, de julio de 2025, amplió las fechas del artículo 18 con conmemoraciones de mujeres de la historia de México. La Secretaría de Gobernación vigila su cumplimiento y sanciona las infracciones, y las autoridades educativas lo hacen en las escuelas.

El Código Penal Federal castiga en sus artículos 191 y 192 el ultraje y el uso indebido de los símbolos patrios. Las Fuerzas Armadas se rigen por sus propios reglamentos, y la Secretaría de la Defensa Nacional confecciona, iza y custodia las banderas monumentales desde el decreto de 1999.

El asta es otra cuestión: según el artículo 115 de la Constitución, los municipios otorgan las licencias y permisos para construcciones, de modo que su instalación depende del reglamento de construcciones de cada municipio o, en la Ciudad de México, de la alcaldía.

El asta en México

La Bandera Nacional en un asta entre la vegetación, con el Volcán de Colima al fondo
Volcán de Colima. Foto: Jrobertiko, Colima Volcano Mexican Flag / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0

En los edificios públicos, la bandera suele izarse en un asta exenta frente a la fachada o en la azotea. Escuelas y oficinas tienen además una bandera de escolta, que los fabricantes ofrecen en la medida reglamentaria de 0,90 × 1,58 metros, con su asta y su nicho. Los fabricantes mexicanos ofrecen astas de aluminio de unos 4,5 a 24 metros y astas de acero de más de 100 metros. Las guías sobre los tipos de astas y la altura del asta tratan estas formas, y la de los materiales de astas los compara.

Sobre las guías

Las guías están agrupadas por temas. Cada una trata un asunto concreto, termina con preguntas frecuentes, cita sus fuentes e indica la fecha de su última actualización. La ley federal vale para todo el país; algunas entidades federativas, como Jalisco, tienen además su propia bandera y su propia ley de símbolos, y cada municipio tiene su reglamento de construcciones. Las guías señalan esas diferencias cuando son relevantes.

Todas las guías

Preguntas frecuentes

¿Puede un particular poner la Bandera Nacional en su casa?

Sí. Según el artículo 32 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, las personas físicas pueden exhibir la Bandera Nacional en sus lugares de residencia o de trabajo y usarla en sus vehículos, siempre que observen el respeto que corresponde al símbolo patrio, y la bandera puede ser de cualquier dimensión.

¿Dónde es obligatorio izar la Bandera Nacional?

Según los artículos 15 y 16 de la ley, en los edificios sede de las autoridades, en las representaciones diplomáticas y consulares, en los edificios que prestan servicios educativos y médicos, en oficinas migratorias, aduanas, capitanías de puerto, aeropuertos y en las plazas públicas que determinen las autoridades. Allí la bandera permanece izada todos los días del año.

¿Cómo es la Bandera Nacional?

El artículo 3 de la ley la describe como un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, verde, blanca y roja a partir del asta, con el Escudo Nacional al centro de la franja blanca. El diámetro del escudo es de tres cuartas partes del ancho de esa franja y la proporción entre anchura y longitud es de cuatro a siete.

¿Cuándo se iza la bandera a media asta en México?

En las 32 fechas de la fracción II del artículo 18 de la ley, como el 13 de septiembre por los Niños Héroes o el 2 de octubre por Tlatelolco, y cuando el Presidente de la República declara duelo nacional por decreto. Desde 2017, un decreto fija además duelo nacional los días 19, 20 y 21 de septiembre de cada año.

¿Hace falta licencia para instalar un asta bandera?

Según el artículo 115 de la Constitución, otorgar licencias y permisos de construcción corresponde a los municipios, de modo que la respuesta depende del reglamento de construcciones de cada lugar. En la Ciudad de México, el Reglamento de Construcciones no menciona las astas entre las obras exentas del artículo 62, y la alcaldía puede responder en cada caso concreto.

¿Qué castigo tiene ultrajar la bandera?

El artículo 191 del Código Penal Federal castiga el ultraje al escudo o al pabellón nacional, de palabra o de obra, con prisión de seis meses a cuatro años, multa o ambas. Además, la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales prevé multas de hasta diez mil veces la Unidad de Medida y Actualización por sus infracciones.

Fuentes

Esta guía se basa en las siguientes fuentes: