Banderas en días festivos en México: fiestas patrias y descansos
Publicado el Escrito por Flagpole Guides

En México, los días festivos y las fechas de la bandera no coinciden del todo. La Ley Federal del Trabajo fija los días de descanso obligatorio, y desde 2006 recorre tres de ellos al lunes más cercano a la fecha histórica. La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en cambio, fija el izamiento de la bandera en la fecha histórica misma. Esta guía relaciona ambos calendarios y describe la bandera en las fiestas patrias.
Los días de descanso obligatorio
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece como días de descanso obligatorio:
| Descanso obligatorio | 2026 | 2027 | Fecha de la bandera (art. 18 de la ley) |
|---|---|---|---|
| 1 de enero | jueves 1 | viernes 1 | No figura |
| Primer lunes de febrero, por el 5 de febrero | lunes 2 | lunes 1 | 5 de febrero, a toda asta |
| Tercer lunes de marzo, por el 21 de marzo | lunes 16 | lunes 15 | 21 de marzo, a toda asta |
| 1 de mayo | viernes 1 | sábado 1 | 1 de mayo, a toda asta |
| 16 de septiembre | miércoles 16 | jueves 16 | 16 de septiembre, a toda asta y honores obligatorios |
| Tercer lunes de noviembre, por el 20 de noviembre | lunes 16 | lunes 15 | 20 de noviembre, a toda asta y honores obligatorios |
| 25 de diciembre | viernes 25 | sábado 25 | No figura |
A ellos se suman el 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (según el artículo 83 de la Constitución, el Presidente entra en funciones ese día; la próxima vez será en 2030), y el día que determinen las leyes electorales federales y locales para la jornada electoral en elecciones ordinarias.
La fecha histórica y el lunes de descanso

El 5 de febrero recuerda la promulgación de las Constituciones de 1857 y 1917, el 21 de marzo el nacimiento de Benito Juárez y el 20 de noviembre el inicio de la Revolución Mexicana. La Ley Federal del Trabajo traslada el descanso de esas tres fechas al lunes, pero el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales fija el izamiento a toda asta en la fecha histórica. Así, en 2026 el descanso por el 20 de noviembre es el lunes 16, y la bandera se iza a toda asta con honores obligatorios el viernes 20. La guía de las fechas de la bandera muestra todas las fechas con su día de la semana.
Las fiestas patrias

Septiembre es el mes patrio. El 15 de septiembre por la noche se conmemora el Grito de Independencia: según el artículo 35 de la ley, el Presidente de la República tiene la obligación de portar la banda presidencial en la conmemoración del Grito de Dolores. El 16 de septiembre recuerda el inicio de la Independencia en 1810 y es día de descanso obligatorio. Según el artículo 11, en los inmuebles de las autoridades los honores a la bandera son obligatorios ambos días, y el 27 de septiembre, aniversario de la Consumación de la Independencia en 1821, también se iza a toda asta.
En esas semanas, la bandera aparece en balcones, ventanas, autos y comercios. El artículo 32 permite a cualquier persona exhibirla en su casa, su trabajo o su vehículo, en cualquier tamaño, con el respeto debido; el artículo 32 Bis impide usarla para promover la imagen, bienes o servicios de alguien. La guía de normas de la bandera trata estos límites.
Otras fechas cívicas
Muchas fechas de la bandera no son días de descanso: el 24 de febrero, Día de la Bandera, el 18 de marzo, aniversario de la Expropiación Petrolera, el 5 de mayo, la victoria en Puebla de 1862, o el 12 de octubre, Día de la Raza. En ellas la bandera se iza a toda asta en los edificios del artículo 15 aunque sean días laborables.
Navidad y Año Nuevo
El 1 de enero y el 25 de diciembre son días de descanso obligatorio, pero no figuran en el artículo 18. En los edificios y lugares del artículo 15, la bandera permanece izada todos los días del año según el artículo 16, también en esas fechas.
Fechas de los estados
Las entidades federativas celebran además sus propias fechas, como el aniversario de su fundación o de su incorporación a la Federación; el 14 de septiembre, incorporación de Chiapas al Pacto Federal en 1824, figura incluso en la ley federal. En los estados con bandera propia, como Jalisco, su ley de símbolos prevé que la bandera estatal se ice en las fechas solemnes del estado, después de los honores a la Bandera Nacional. La guía sobre los tipos de banderas las presenta, y la del protocolo de la bandera explica el orden de los honores.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo: el 1 de enero, el primer lunes de febrero por el 5 de febrero, el tercer lunes de marzo por el 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre por el 20 de noviembre, el 1 de octubre de cada seis años con la transmisión del Poder Ejecutivo, el 25 de diciembre y el día de la jornada electoral que fijen las leyes electorales.
¿Se iza la bandera el lunes festivo o en la fecha histórica?
En la fecha histórica. El artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales fija el izamiento a toda asta el 5 de febrero, el 21 de marzo y el 20 de noviembre, mientras que el descanso obligatorio de la Ley Federal del Trabajo se recorre al lunes correspondiente. En 2026, el descanso por el 20 de noviembre es el lunes 16.
¿Cuándo son las fiestas patrias?
El 15 de septiembre por la noche se conmemora el Grito de Independencia y el 16 de septiembre el inicio de la Independencia en 1810. Ambas fechas figuran a toda asta en el artículo 18 de la ley, y en las dos los honores a la bandera son obligatorios en los inmuebles de las autoridades según el artículo 11.
¿Se iza la bandera en Navidad o Año Nuevo?
El 1 de enero y el 25 de diciembre son días de descanso obligatorio según la Ley Federal del Trabajo, pero no figuran entre las fechas del artículo 18. En los edificios del artículo 15, la bandera permanece izada todos los días del año según el artículo 16.
Fuentes
Esta guía se basa en las siguientes fuentes:
- Ley Federal del Trabajo (artículo 74) – Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
- Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (artículos 11, 16, 18 y 35) – Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 83) – Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
- Ley de los Símbolos Oficiales del Estado de Jalisco – Gobierno del Estado de Jalisco
Guías relacionadas
- Fechas de la banderaLas fechas en que se iza la Bandera Nacional en México en 2026 y 2027, a toda asta y a media asta, según el artículo 18 de la ley, con el día de la semana.
- Protocolo de la banderaEl protocolo de la Bandera Nacional en México: honores, saludo civil, himno, abanderamiento, escoltas y lugar de honor junto a otras banderas, según la ley.
- Tipos de banderasLos tipos de banderas en México: la Bandera Nacional, la de escolta, las monumentales, las de estados como Jalisco y Colima, y otras insignias.
- Normas de la banderaLas normas de la Bandera Nacional en México: dónde se iza, uso por particulares, inscripciones, comercio, infracciones y multas según la ley de 1984.