Bandera a media asta en España: cuándo y quién lo decide
Publicado el Escrito por Flagpole Guides

En España, la bandera ondea a media asta cuando se declara luto oficial. No hay fechas fijas de media asta: cada luto se declara expresamente, por el Gobierno para todo el país o por una comunidad autónoma o un ayuntamiento para su territorio. La norma que lo declara indica las fechas y los lugares. Esta guía explica quién decide, qué dicen los reales decretos de luto y qué reglas siguen las Fuerzas Armadas.
El luto oficial del Gobierno
El luto oficial de ámbito nacional se declara por real decreto, a propuesta del Presidente del Gobierno, y se publica en el BOE. Los reales decretos recientes emplean una fórmula casi idéntica: se declara luto oficial desde una hora hasta otra, durante el cual la bandera nacional ondeará a media asta en todos los edificios públicos y buques de la Armada.
Dos ejemplos de 2024:
- Real Decreto 115/2024: luto oficial desde las 00 horas hasta las 24 horas del 31 de enero de 2024 por el fallecimiento del expresidente de la Comisión Europea Jacques Delors.
- Real Decreto 1117/2024: luto oficial desde las 00 horas del 31 de octubre hasta las 24 horas del 2 de noviembre de 2024 por las inundaciones de los días 29 y 30 de octubre.
El real decreto se aplica a los edificios públicos de todo el país. La guía sobre el luto oficial recoge los motivos por los que se ha declarado.
Luto autonómico y municipal
El Gobierno no es la única autoridad que puede declarar luto. Según el artículo 3.2 del Reglamento de Honores Militares (Real Decreto 684/2010), las Fuerzas Armadas actúan de la misma forma en el ámbito de las comunidades autónomas, de las ciudades de Ceuta y Melilla y de los municipios cuando el luto lo establecen sus órganos competentes. Un gobierno autonómico o un alcalde pueden así declarar luto por una catástrofe o por el fallecimiento de una persona vinculada a su territorio, con la bandera a media asta en sus edificios.
Las reglas de las Fuerzas Armadas
El Reglamento de Honores Militares contiene las reglas más detalladas:
- Día y noche: cuando el Gobierno decreta luto nacional, no se rinden honores, salvo los fúnebres, y la bandera permanece izada a media asta ininterrumpidamente día y noche (artículo 3.2). Fuera del luto, la bandera se iza a las ocho de la mañana y se arría al ocaso.
- Corbata negra: los días de luto oficial se pone una corbata negra a las banderas de las unidades que participan en actos oficiales, y la bandera permanece a media asta (artículo 39.3).
- Militares fallecidos en acto de servicio: las banderas ondean a media asta durante dos días en las unidades de origen de los fallecidos (artículo 40.3).
- Fallecimiento del Rey o del heredero: al conocerse la noticia oficial, las banderas y estandartes de las unidades llevan corbata negra y la bandera se iza a media asta en las unidades de las Fuerzas Armadas (artículos 42 y 43).
Qué significa «a media asta»
Las normas estatales no fijan la altura exacta: la expresión indica que la bandera no ondea en lo alto del mástil, sino a una altura intermedia, visiblemente por debajo del tope. Para las banderas de interior, que cuelgan de un asta sin driza, el Real Decreto 538/2020, que declaró diez días de luto por los fallecidos en la pandemia de COVID-19, dispuso un crespón en la moharra del mástil, es decir, en la punta metálica del asta. En las astas de balcón, que tampoco tienen driza, es frecuente la misma solución. Más información sobre el mecanismo en la guía sobre la mecánica del mástil.
Varias banderas a media asta
Los reales decretos de luto mencionan solo la bandera nacional. Cuando ondea junto a la autonómica y la municipal, es habitual bajar también las demás, de modo que ninguna quede por encima de la de España, que según el artículo 6 de la Ley 39/1981 ocupa el lugar de honor. La guía del protocolo de banderas explica el orden.
Particulares y empresas
Los reales decretos de luto se refieren a los edificios públicos y a los buques de la Armada. Nada obliga a los particulares, las empresas o las comunidades de propietarios a bajar sus banderas, pero pueden sumarse de forma voluntaria.
Preguntas frecuentes
¿Quién decide que la bandera ondee a media asta en España?
En todo el país, el Gobierno, al declarar luto oficial por real decreto. Según el Reglamento de Honores Militares, las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y los municipios pueden declarar su propio luto a través de sus órganos competentes, con la bandera a media asta en su ámbito.
¿Dónde ondea la bandera a media asta durante un luto oficial?
Los reales decretos de luto oficial suelen disponer que la bandera nacional ondee a media asta en todos los edificios públicos y buques de la Armada. Fue la fórmula, por ejemplo, del Real Decreto 1117/2024, que declaró tres días de luto por las inundaciones de octubre de 2024.
¿La bandera se arría por la noche durante el luto?
En las unidades militares, no. Según el artículo 3 del Reglamento de Honores Militares, cuando el Gobierno decreta luto nacional por un periodo determinado, la bandera permanece izada a media asta ininterrumpidamente día y noche.
¿Tienen los particulares que poner la bandera a media asta?
No. Los reales decretos de luto oficial se refieren a los edificios públicos y a los buques de la Armada. Los particulares, las empresas y las comunidades de propietarios pueden sumarse de forma voluntaria.
¿Qué es la corbata negra?
Es una cinta negra que se ata al asta de la bandera en señal de duelo. Según el artículo 39 del Reglamento de Honores Militares, los días de luto oficial se pone una corbata negra a las banderas de las unidades que participan en actos oficiales.
Fuentes
Esta guía se basa en las siguientes fuentes:
- Real Decreto 1117/2024, de 30 de octubre, por el que se declara luto oficial con motivo de las inundaciones acaecidas los días 29 y 30 de octubre de 2024 – Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 115/2024, de 30 de enero, por el que se declara luto oficial con motivo del fallecimiento del expresidente de la Comisión Europea, señor Jacques Lucien Jean Delors – Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 538/2020, de 26 de mayo, por el que se declara luto oficial por los fallecidos como consecuencia de la pandemia COVID-19 – Boletín Oficial del Estado
- Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares – Boletín Oficial del Estado
- Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas – Boletín Oficial del Estado
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